Empresa de Transporte Multada por Inactividad

La Superintendencia de Transporte mediante Resolución N° 3766 del 16 de abril de 2024 impuso a una sociedad habilitada para prestar el servicio de transporte automotor de carga una multa de $90.852.600 y la cancelación de la habilitación por no desarrollar la actividad de transporte. Lo anterior al considerar que existió una injustificada cesación de actividades o de los servicios autorizados por parte de la empresa transportadora.

Se recuerda que la actividad de transporte en Colombia está principalmente en cabeza del Estado, quien, mediante un estricto control delega su desarrollo al sector privado. No ejecutar la actividad de transporte constituye una infracción que va en contra de los fines, objetivos e intereses públicos encomendados por el Estado.

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