Infracción Marcaria - Almacenes Éxito S.A. contra Ventas Institucionales S.A.S.
La sentencia del 20 de noviembre de 2024 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, en el caso de Almacenes Éxito S.A. contra Ventas Institucionales S.A.S., nos ofrece una mirada fascinante a las complejidades de la protección de marcas en Colombia. Almacenes Éxito, titular de la marca mixta “Q’PRECIOS” registrada en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, demandó a Ventas Institucionales S.A.S. por infracción de marca, alegando que el uso de la expresión “Qué Precios” por parte de la demandada en sus establecimientos comerciales generaba confusión en el público y diluía la fuerza distintiva de su marca.
El tribunal revocó la sentencia de primera instancia que favorecía a Almacenes Éxito, argumentando que la demandante no cumplió con la carga de la prueba. La decisión destaca la importancia de demostrar de manera integral los elementos de la infracción de marca, incluyendo el riesgo de confusión, el daño económico o comercial y el aprovechamiento injusto del prestigio de la marca.
El tribunal también hizo hincapié en la necesidad de realizar un análisis comparativo exhaustivo de las marcas en conflicto, considerando aspectos ortográficos, fonéticos, conceptuales y gráficos, para determinar la existencia de similitudes que puedan generar confusión en el consumidor. En este caso, la juez de primera instancia se basó únicamente en la semejanza fonética de la palabra “QUE” para concluir que existía infracción, sin considerar otros elementos relevantes.
Además, el tribunal señaló que Almacenes Éxito, en un proceso anterior, había afirmado que no existía riesgo de confusión entre las marcas, lo que debilitaba aún más su argumento en el presente caso.
Finalmente, el tribunal criticó la falta de pruebas presentadas por Almacenes Éxito para respaldar sus alegaciones, incluyendo la ausencia de un dictamen pericial que demostrara el daño económico sufrido.
Este caso subraya la importancia de una estrategia legal sólida y bien documentada al presentar una demanda por infracción de marca en Colombia. La carga de la prueba recae en el demandante, quien debe demostrar de manera convincente todos los elementos de la infracción para obtener una sentencia favorable.