Publicidad Engañosa en la Oferta de Servicios Educativos

El Tribunal Superior de Bogotá ha emitido una sentencia relevante sobre la publicidad engañosa en el contexto de la oferta de servicios educativos. El fallo subraya la importancia de la transparencia en la información proporcionada a los consumidores.

  • El Tribunal determinó que la publicidad era engañosa porque, aunque se aclaraba en el contrato que no se contaba con licencia de funcionamiento, se inducía a los consumidores a pensar que obtendrían un título equivalente al de “ingeniero” al finalizar el programa, a pesar de no estar autorizado para ello.
  • La sentencia resalta que la información proporcionada a los consumidores resultó insuficiente y confusa. Si bien se especificó la no existencia de licencia, se presentaban características y beneficios del programa que no se correspondían con la realidad, creando falsas expectativas en los participantes.

Esta decisión judicial es un recordatorio para las instituciones educativas sobre la importancia de ser claras y veraces en la publicidad de sus programas. El uso de términos que sugieran la obtención de un título o certificación oficial, sin la debida autorización, puede considerarse publicidad engañosa y vulnerar los derechos de los consumidores.

 

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